lunes, 19 de diciembre de 2016

TRES TOREROS HAN MUERTO

Y los sindicatos continúan aletargados, sin un sistema de previsión social que los proteja de la enfermedad prolongada, muerte súbita o asistencia en la etapa más larga de la vida...

Texto: Miguel Pardo N. / Edición Juan Medrano / Fotos: Abraham Ccallo.

El Sistema pluralista de asociación sindical, o sea, el modo en el que coexisten las tres agrupaciones que reúnen a las tres agrupaciones del toro en el Perú, es la principal causa de la crisis institucional del gremio y de la profesión, donde cada cual actúa tomando distancia del otro, velando por intereses particulares, en detrimento de las condiciones que favorezcan el interés general de los toreros, como la protección profesional, económica y laboral. 

Por hoy, la labor de los sindicatos, o la del Sitope, el más activo y con mayor número de asociados, está direccionado a la asistencia de los servicios de salud de los toreros, mediante el auxilio o subvención económica del profesional -con un tope de S/. 3,000 Nuevos Soles- al sufrir el torero un percance en la plaza o requerir un tratamiento como consecuencia de su desempeño profesional.

A diferencia de otros países taurinos como España, México, Colombia o Ecuador, en nuestro país los toreros no gozan de seguridad social y están alejados del sistema previsional o algún otro sistema de protección, que les socorra en casos imprevistos, como el triste suceso del accidente de tráfico ocurrido el pasado 22 de octubre en la vía Pucará - Ayaviri, Puno, donde perdieron la vida dos toreros y otros dos quedaron heridos. 

En la práctica y salvo excepciones, las asociaciones sindicales no representan los interés de los asociados: matadores, novilleros, banderilleros y oficios colaterales, dado que los directivos y miembros activos y retirados tienen intereses secundarios y contractuales pactados, desempeñando actividades paralelas de representación de profesionales nacionales y extranjeros, y hasta como subcontratistas de sus propios compañeros de trabajo, sin normas estatutarias claras con sujeción y respeto a las normas laborales.